Resolución Directoral Regional N.° 464-2025-GRSM/DRASAM

12 de diciembre de 2025

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE, la Solicitud presentada por el personal cesante, pensionista de esta DRASAM, Sr. ALBERTO ISUIZA TUANAMA, con el que requiere se cumpla con lo dispuesto en la 1) Resolución Ministerial N° 00419-88-AG, de fecha 24 de Agosto de 1988, mediante el cual se determina otorgar a los trabajadores del Ministerio de Agricultura compensación adicional diaria por los conceptos de refrigerio y movilidad, se cumpla con lo dispuesto en la 2) Resolución Ministerial N° 00420-88-AG, de fecha 24 de Agosto de 1988, mediante el cual se determina otorgar a los trabajadores del Ministerio de agricultura el derecho a la subvención por fiestas patrias, navidad, escolaridad y vacaciones y se cumpla con el 3) Acuerdo de negociación colectiva de fecha 21 de setiembre de 1988, mediante el cua se otorga a partir de ese año a los trabajadores del Ministerio de Agricultura una subvención equivalente a 10 URP por conceptos de fiestas patrias, navidad, escolaridad y vacaciones, asi como el incremento adicional por refrigerio y movilidad, en concordancia con lo establecido en las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional (Exp. N° 2072-2004-AA/TC, Exp. N° 1417-2005-AA/TC y Exp. N° 2704-2002-AA/TC), en consecuencia solicita el reajuste de su presión de cesantía en forma nivelable, en cumplimiento de las resoluciones antes descritas, más las sumas devengadas y los respectivos intereses legales, derechos que en el SUPUESTO NEGADO, le hubiesen correspondido, HAN PRESCRITO, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO. – NOTIFÍQUESE, la presente Resolución al interesado conforme a Ley.

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