Resolución Directoral Regional N.° 318-2025-GRSM/DRASAM
2 de setiembre de 2025
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración por cumplir con uno de los requisitos exigidos por el artículo 219 del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, al no haberse presentado prueba nueva que modifique lo resuelto en los resultados de la convocatoria en el portal de la DRASAM.
ARTÍCULO SEGUNDO. – NOTIFICAR la presente Resolución en forma y modo que señala la Ley a don JAIRO FLORES GARCIA, y a las oficinas y áreas respectivas.