Resolución Directoral Regional N.° 275-2024
13 de agosto de 2024
ARTÍCULO PRIMERO .- DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de “Nulidad de Oficio del Instrumento de Titulación y Certificado de Información Catastral de la Unidad Catastral N° 331617 y en consecuencia dejar sin efecto su inscripción registral contenido en el asiento B00002 de la partida Electrónica N° 04001178 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Tarapoto”, el mismo que fuera presentado por el señor Humberto Manosalva Cubas, por cuanto teniendo en cuenta la aplicación de lo establecido en el numeral 213.3 del art. 213 del TUO de la LPAG la facultad para declarar la nulidad de oficio de los actos administrativos (Instrumento de Rectificación de Área, Linderos y/o medidas perimétricas de la fecha 22 de abril del 2022, que quedó firme con la inscripción ante los Registros Públicos en la Partida Registral N° 04001178, asiento B00002 de fecha 11/072022), ha prescrito debido a que han transcurrido 2 años y 1 mes aprox. Desde su consentimiento. Debiendo por ende el administrado demandar la nulidad ante el Poder Judicial vía el proceso contencioso administrativo (art. 213 inc. 4 del TUO de la LPAG).
ARTÍCULO SEGUNDO.- REMITIR todo los acuerdos a Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Dirección Regional de Agricultura San Martín, a fin de que proceda de acuerdo a sus funciones y competencias, las acciones administrativas correspondientes para determinar la responsabilidad administrativa de las funciones y/o ex funcionarios que permitieron la prescripción de la acción administrativa por la demora en la realización de sus funciones.