Resolución Directoral Regional N.° RDR 273-2022-GRSM/DRASAM
28 de setiembre de 2022
ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER, el derecho de pensión provisional de sobreviviente de viudez del régimen del Decreto Ley N° 20530 por el monto de NOVECIENTOS VEINTIDÓS Y 50/100 SOLES (S/ 922.50) a partir del 16 de agosto de 2022 a favor de MIRTHA ANGÉLICA HERRERA DE OSORES, identificada con DNI N° 01075216. En su condición de cónyuge sobreviviente de MANUEL ALFREDO OSORES EZCURRA, equivalente al 90% dela probable pensión definitiva de sobreviviente – viudez. El cálculo se establece según lo estipulado por el artículo N°7 de la Ley N° 28449.
ARTÍCULO SEGUNDO.- REINTEGRAR, a favor de doña MIRTHA ANGÉLICA HERRERA DE OSORES, la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 06/100 SOLES (S/ 547.06) por concepto de devengados de la pensión provisional de sobreviviente por viudez, a partir del agosto a setiembre de 2022.