Resolución N.° 012-2024-GRSM/DIRCETUR-SM
Resolución Directoral Regional N° 012-2024-GRSM/DIRCETUR-SM
10 de octubre de 2024
IMPONER la sanción de MULTA por el monto de S/. 18,746.00 (DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES) equivalente al 3.64 de la U.I.T vigente, debido a la existencia de infracción administrativa atribuida a la Agencia de Viajes y Turismo “TAYTAMAKI”, con razón social TAYTAMAKI CERRO ESCALERA S.A.C., con RUC N° 20606500662, ubicado en el jirón Micaela Bastidas N° 640, Distrito de Tarapoto, Provincia y Departamento de San Martín, al haber infringido los incisos 15-A.1 y 15-A.2 del artículo 15-A del Decreto Supremo N° 006-2018-MINCETUR. El importe de la multa correspondiente se reducirá
en un 25% si el pago se realiza dentro de los cinco (5) días, computados desde la recepción de la resolución sancionadora. En ese sentido, el administrado deberá apersonarse a la Dirección Sub Regional de Comercio Exterior y Turismo Bajo Mayo, ubicado provisionalmente en el jirón Manco Capac N° 196, de la ciudad de Tarapoto; o a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo San Martín, ubicado en el Jirón San Martín N° 301, de la ciudad de Moyobamba; ambos en el Departamento de San Martín; a fin de gestionar el pago correspondiente; cumpliendo de esta manera con informar al órgano competente dentro del plazo establecido por norma (5 días posteriores) a su realización, bajo apercibimiento de remitir los actuados a cobranza coactiva, una vez que quede firme la presente resolución.
en un 25% si el pago se realiza dentro de los cinco (5) días, computados desde la recepción de la resolución sancionadora. En ese sentido, el administrado deberá apersonarse a la Dirección Sub Regional de Comercio Exterior y Turismo Bajo Mayo, ubicado provisionalmente en el jirón Manco Capac N° 196, de la ciudad de Tarapoto; o a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo San Martín, ubicado en el Jirón San Martín N° 301, de la ciudad de Moyobamba; ambos en el Departamento de San Martín; a fin de gestionar el pago correspondiente; cumpliendo de esta manera con informar al órgano competente dentro del plazo establecido por norma (5 días posteriores) a su realización, bajo apercibimiento de remitir los actuados a cobranza coactiva, una vez que quede firme la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resolución Directoral Regional 2024