Resolución Ejecutiva Regional N.° 225-2024-GR PUNO/GR
8 de agosto de 2024
AUTORIZAR al Procurador Público del Gobierno Regional de Puno, Abog. Gerardo Iván Zantalla Prieto, a interponer la acción judicial de Anulación de Laudo, contra el Laudo de Derecho, de fecha con fecha 12 de julio del 2024, recaído en el Expediente Arbitral N° 0023-2022-0-CACCP, emitido por el Árbitro Único del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Puno, en los seguidos por el GOBIERNO REGIONAL DE PUNO en contra de la EMPRESA SERVICIOS DE TRANSPORTE Y MOVIMIENTO DE TIERRAS E.I.R.L., respecto de las controversias originadas en el marco del Contrato N° 050-2019-AS-GRP, derivado de la Adjudicación Simplificada N° 35-2019-OEC/GR.PUNO-2 para la contratación del servicio de imprimado y colocación de carpeta asfáltica E=3, según términos de referencia para la obra “MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS EN EL ESTADIO GUILLERMO BRISEÑO ROSAMEDINA, DISTRITO DE JULIACA – SAN ROMÁN – PUNO”, conforme lo previsto en el numeral 45.23 del artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF.