Resolución Gerencial Regional N.° 1019-2025-GRSFLPRE

24 de diciembre de 2025

ARTICULO PRIMERO: DECLARAR PROCEDENTE la solicitud de presentada con Hoja de Registro y Control N° 38448-2023, de fecha 06 de diciembre de 2023 por el administrado AGROAURORA S.A.C. con RUC Nº20600180631; representado por CARLOS JAVIER IZQUIERDO GARCIA (apoderado) identificado con DNI N° 20590248 sobre ADJUDICACIÓN de lote de un área de 70.5908 ha, ubicado en el predio Jibito - La capilla, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.

ARTICULO SEGUNDO: INDEPENDIZAR a favor del administrado el área de 70.5908 ha, cuya titularidad corresponde al GOBIERNO REGIONAL DE PIURA ubicado en el predio Jibito - La capilla, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura, según el Procedimiento de Saneamiento Físico Legal y Formalización de Terreno Eriazo Habilitado e Incorporado a la Actividad Agropecuaria, a solicitud de parte, regulado por el Reglamento de la Ley N°31145, aprobado por el Decreto Supremo N°014-2022-MIDAGRI; siendo su ubicación geográfica, linderos y medidas perimétricas, las que constaran en El Certificado De Información Catastral que generara el AREA GRAFICA de esta gerencia.

ARTICULO TERCERO: OTORGAR el contrato de adjudicación posterior a la emisión de la resolución de firmeza del acto resolutivo de otorgamiento de terreno eriazo habilitado.


Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural y Estatal - PRORURAL

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