Resolución Gerencial Regional N.° 158-2025-GRI
18 de setiembre de 2025
DECLARAR INFUNDADA, la Queja por defecto de tramitación interpuesta por el administrado Sr. Felipe Alcalde Gonzales identificado con D.N.I. N° 03820887, por los fundamentos desarrollados en la parte considerativa de la presente resolución. De conformidad con lo establecido en el Inc. 169.3 del Art. 169° del T.U.O. de la de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444; aprobado mediante D.S. N° 004-2019-JUS, el acto administrativo contenido en la presente resolución tiene carácter IRRECURRIBLE, de conformidad con lo establecido en el Inc. 169.3 del Art. 169° del T.U.O. de la de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444; aprobado mediante D.S. N° 004-2019-JUS.
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