Resolución Gerencial Regional N.° 793-2025- GRSFLPRE
Resolución Gerencial Regional N.°793-2025-Gobierno Regional Piura-GRSFLPRE
27 de agosto de 2025
ARTICULO PRIMERO: RECTIFICAR DE OFICIO CON EFICACIA ANTICIPADA, el error material contenido en la Resolución Gerencial N° 1329-2024-GOBIERNO REGIONAL PIURA-GRSFLPRE de fecha
17 de diciembre de 2024, respecto al año de la presentación del expediente según los siguientes términos, en el ARTICULO PRIMERO DICE: 04 DE JUNIO DE 2012 y DEBE DECIR: 04 DE JUNIO DE 2021.
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR FIRME Y CONSENTIDA la Resolución Gerencial Regional N°1329-2024 /GOBIERNO REGIONAL PIURA-GRSFLPRE de fecha 17 de diciembre de 2024, mediante la cual, se resuelve: DECLARAR IMPROCEDENTE, el procedimiento iniciado mediante Hoja de Registro y Control N° 11141-2021 de fecha 04 de junio de 2012, presentado por SEGUNDO BENECIO DIAZ GAVIDIA, respecto de su solicitud de OTORGAMIENTO DE CERTIFICADO NEGATIVO DE CATASTRO.
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR CONCLUIDO el procedimiento administrativo del expediente N° 11141-2021 respecto a su solicitud de OTORGAMIENTO DE CERTIFICADO NEGATIVO DE CATASTRO
ARTICULO TERCERO: ELÉVESE lo actuado al área gráfica para la respectiva eliminación del presente expediente de su base gráfica y, luego de ello, remitase el expediente al área de archivo para su
custodia definitiva.
17 de diciembre de 2024, respecto al año de la presentación del expediente según los siguientes términos, en el ARTICULO PRIMERO DICE: 04 DE JUNIO DE 2012 y DEBE DECIR: 04 DE JUNIO DE 2021.
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR FIRME Y CONSENTIDA la Resolución Gerencial Regional N°1329-2024 /GOBIERNO REGIONAL PIURA-GRSFLPRE de fecha 17 de diciembre de 2024, mediante la cual, se resuelve: DECLARAR IMPROCEDENTE, el procedimiento iniciado mediante Hoja de Registro y Control N° 11141-2021 de fecha 04 de junio de 2012, presentado por SEGUNDO BENECIO DIAZ GAVIDIA, respecto de su solicitud de OTORGAMIENTO DE CERTIFICADO NEGATIVO DE CATASTRO.
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR CONCLUIDO el procedimiento administrativo del expediente N° 11141-2021 respecto a su solicitud de OTORGAMIENTO DE CERTIFICADO NEGATIVO DE CATASTRO
ARTICULO TERCERO: ELÉVESE lo actuado al área gráfica para la respectiva eliminación del presente expediente de su base gráfica y, luego de ello, remitase el expediente al área de archivo para su
custodia definitiva.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural y Estatal - PRORURAL