Resolución del Órgano Sancionador N.° 003-2025-OS
11 de agosto de 2025
IMPONER Y OFICIALIZAR LA SANCIÓN DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES POR EL PERIODO DE SESENTA (60) DÍAS CALENDARIO contra el investigado: VÍCTOR SEGUNDO LIZANA QUIPUZCOA, respecto de las imputaciones que dieron inicio al PAD en su contra, conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución, y de acuerdo a lo establecido en el literal b) del Artículo 88° y Artículo 90° de la Ley N° 30057: "Las sanciones por faltas disciplinarias pueden ser: [...] Suspensión sin goce de remuneraciones desde un día hasta por doce (12) meses [...]. La suspensión sin goce de remuneraciones se aplica hasta por un máximo de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario previo procedimiento administrativo disciplinario.".