Resolución Ejecutiva Regional N.° 416-2025-GR
5 de agosto de 2025
DAR CUMPLIMIENTO en sus propios términos al mandato judicial contenido en la Resolución N° 11 de fecha 22 de abril de 2025; recaída en el Expediente Judicial N° 00473-2023-0-2001-JR-LA-05, emitida por el Tercer Juzgado de Trabajo de Piura; en consecuencia:
RECONOCER una relación laboral a plazo indeterminado bajo el régimen laboral de la actividad privada (D. Legislativo N° 728) entre EDSON GERARDO GIL PEÑA y la demandada GOBIERNO REGIONAL DE PIURA por todo el periodo reconocido en sentencia.