Resolución Gerencial General Regional N.° 99-2014-Gerencial General Regional

4 de abril de 2014

APERTURAR PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra WILMER TAVARA BEJARANO, LUIS ALBERTO YARLEQUE CRUZ, RAÚL ALEXANDER VICENTE CHAMBA Y JUAN ALBERTO PEÑA VIZUETA por haber infringido la prohibición constitucional contenida en el artículo 40° de la Constitución Política del Perú de 1993 concordante en el artículo 3 de la Ley Marco del Emplado Público, Ley N° 28175 y el artículo 7° de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público - Decreto Legislativo N° 276, al haber percibido doble remuneración de parte de dos entidades del Estado: Universidad Nacional de Piura y Gobierno Regional Piura. Por lo tanto la conducta de los investigados presumiblemente constituiría falta administrativa de cáracter disciplinario, conforme a los incisos a) y l) del artículo 28° de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legislativo N° 276.

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