Resolución Gerencial General Regional N.° 337-2011-Gerencial General Regional
17 de octubre de 2011
DECLARAR INFUNDADOS los pedidos de prescripción y caducidad de la acción administrativa y aplicación del Principio del NE Bis In Idem, deducidos por la Procesada: SRA.IRIS LIDUVINA ZAPATA NISSHIOKA (Ex Directora de la Unidad de Géstíon Educativa Local UGEL Sullana); respecto de la Observación N° 01; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.