Resolución Gerencial General Regional N.° 111-2011-Gerencial General Regional
24 de mayo de 2011
Los miembros de los comites especiales permanentes son solidariamente responsables para que los proceso de seleccion se encuentren arreglados a ley y responden administrativa y/o judicialmente por cualquier irregularidad cometida en la misma que les sea imputable de acuerdo a lo regulado en el articulo 25° D. Leg.N° 1017 que aprueba la ley de contrataciones del estado.