Resolución Gerencial Regional N.° 1001-2024-GOBIERNO REGIONAL PIURA-GRSFLPRE
24 de octubre de 2024
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR FIRME Y CONSENTIDA la Resolución Gerencial Regional N°643-2024/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GRSFLPRE de fecha 12 de agosto de 2024, mediante la cual se resuelve: DECLARAR SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO N°40546-2012 Y CONEXOS, seguido por la administrada DAYSI DEL PILAR CHECA CASAVERDE, respecto al procedimiento de adjudicación de terreno eriazo al amparo del D.S. 026-2003-AG, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, hasta que se resuelva la cuestión litigiosa en defensa de los intereses del Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO: DERIVAR A LA PROCURADURÍA copias del expediente administrativo N°40546-2012 Y CONEXOS, para que intervenga dentro de sus competencias en la carpeta fiscal N°2606094500-2024-2957-0.
ARTÍCULO TERCERO: ELÉVESE lo actuado al área gráfica para dejar constancia de la suspensión del presente procedimiento (BASE DE EXPEDIENTES EN TRÁMITE) y, luego de ello, remítase el expediente al área de archivo para su custodia definitiva.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍQUESE A LOS ADMINISTRADOS DAYSI DEL PILAR CHECA CASAVERDE, en URBANIZACIÓN LOS JARDINES DE AVIFAP MZ G LOTE 09 PRIMERA ETAPA CALLE LOS GIRASOLES, y CARLOS OMAR IDROGO LOPEZ, en JR ICA N°530, OFICINA 205, EDIFICIO EL ROSAL, CENTRO CÍVICO DE PIURA, DISTRITO PIURA, PROVINCIA PIURA, DEPARTAMENTO DE PIURA, conforme al artículo 217° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, indicándole que la presente resolución es pasible de la interposición de los recursos administrativos pertinentes.
ARTÍCULO SEGUNDO: DERIVAR A LA PROCURADURÍA copias del expediente administrativo N°40546-2012 Y CONEXOS, para que intervenga dentro de sus competencias en la carpeta fiscal N°2606094500-2024-2957-0.
ARTÍCULO TERCERO: ELÉVESE lo actuado al área gráfica para dejar constancia de la suspensión del presente procedimiento (BASE DE EXPEDIENTES EN TRÁMITE) y, luego de ello, remítase el expediente al área de archivo para su custodia definitiva.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍQUESE A LOS ADMINISTRADOS DAYSI DEL PILAR CHECA CASAVERDE, en URBANIZACIÓN LOS JARDINES DE AVIFAP MZ G LOTE 09 PRIMERA ETAPA CALLE LOS GIRASOLES, y CARLOS OMAR IDROGO LOPEZ, en JR ICA N°530, OFICINA 205, EDIFICIO EL ROSAL, CENTRO CÍVICO DE PIURA, DISTRITO PIURA, PROVINCIA PIURA, DEPARTAMENTO DE PIURA, conforme al artículo 217° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, indicándole que la presente resolución es pasible de la interposición de los recursos administrativos pertinentes.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural y Estatal - PRORURAL