Resolución Ejecutiva Regional N.° 329-2024-GR
18 de junio de 2024
DAR CUMPLIMIENTO en sus propios términos, al mandato judicial Contenido en la Resolución 31 de fecha 22 de marzo de 2024, emitida por el 6to Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Piura, que decretó lo siguiente: "(...) REQUIÉRASELE a la demandada al Titular del Pliego, GOBERNADOR REGIONAL DE PIURA, así como al Director Regional de Salud de Piura en su calidad de funcionario que hace efectivo las disposiciones emitidas por el titular del pliego, para que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles luego de notificada la presente resolución, CUMPLA con DAR REAL Y EFECTIVO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL ORDENADO EN AUTOS, esto es expedir un nuevo acto administrativo en donde se adecúe la sanción impuesta en la Resolución Gerencial General Regional Na 387-2011/GRP-GGR del 16 de noviembre del 2011 de cese temporal en el rango mínimo establecido por Ley, en virtud a lo dispuesto por el artículo 46° del Decreto Supremo N°011-2019-JUS y artículo 73 del Decreto Legislativo N°1440, bajo apercibimiento de disponer que se inicien las investigaciones del caso para efectos de determinar las responsabilidades penales o disciplinarias de los funcionarios encargados de ejecutar y efectivizar las demandas judiciales y bajo apercibimiento de proseguir con la ejecución de sentencia conforme al artículo 40° inciso 4 del Texto Único Ordenado de la Ley N°27584 en caso de incumplimiento. (...)".