Resolución Gerencial Regional N.° 338-2024-GRSFLPRE
13 de mayo de 2024
ARTICULO PRIMERO: RECTICAR DE OFICIO CON EFICACIA ANTICIPADA, el error material contenido en la Resolución Gerencial N°075-2023-GOBIERNO REGIONAL PIURA-GRSFLPRE de fecha 12 de junio de 2023, según los siguientes términos:
DICE: (...) 075-2023
DEBE DECIR:(...) 075-2024
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de desistimiento del procedimiento iniciado mediante Expediente administrativo N°13767-2024, de fecha 07 de mayo de 2024, presentado por JESUS DIONICIO PINGO BAYONA, identificado con DNI N°03826706, debiéndose devolver los anexos presentados por el administrado.
ARTICULO TERCERO: DECLARAR FIRME Y CONSENTIDA la Resolución Gerencial Regional N° 075-2024/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GRSFLPRE de fecha 26 de enero de 2024, mediante la cual, se resuelve: respecto a la solicitud la Titulación de un predio al amparo del D.S N°032-2008-VIVIENDA favor del administrado JESUS DIONICIO PINGO BAYONA.
ARTICULO CUARTO: DECLARAR CONCLUIDO el procedimiento administrativo del expediente N°01501-2023, respecto a la solicitud la Titulación de un predio al amparo del D.S N°032-2008-VIVIENDA.
ARTICULO QUINTO: ELÉVESE lo actuado al área gráfica para la respectiva eliminación del presente expediente de su base gráfica y, luego de ello, remítase el expediente al área de archivo para su custodia definitiva.
DICE: (...) 075-2023
DEBE DECIR:(...) 075-2024
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de desistimiento del procedimiento iniciado mediante Expediente administrativo N°13767-2024, de fecha 07 de mayo de 2024, presentado por JESUS DIONICIO PINGO BAYONA, identificado con DNI N°03826706, debiéndose devolver los anexos presentados por el administrado.
ARTICULO TERCERO: DECLARAR FIRME Y CONSENTIDA la Resolución Gerencial Regional N° 075-2024/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GRSFLPRE de fecha 26 de enero de 2024, mediante la cual, se resuelve: respecto a la solicitud la Titulación de un predio al amparo del D.S N°032-2008-VIVIENDA favor del administrado JESUS DIONICIO PINGO BAYONA.
ARTICULO CUARTO: DECLARAR CONCLUIDO el procedimiento administrativo del expediente N°01501-2023, respecto a la solicitud la Titulación de un predio al amparo del D.S N°032-2008-VIVIENDA.
ARTICULO QUINTO: ELÉVESE lo actuado al área gráfica para la respectiva eliminación del presente expediente de su base gráfica y, luego de ello, remítase el expediente al área de archivo para su custodia definitiva.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural y Estatal - PRORURAL
