Resolución Gerencial Regional N.° 240-2024-GRSFLPRE
5 de abril de 2024
ARTICULO PRIMERO: Inmatricular a favor del estado representado por el Gobierno Regional Piura, de acuerdo al plano y memoria descriptiva por un Area Lote 1: 448.6194 hectáreas y un perimetro de 11,968.25 metros lineales de la unidad territorial denominada "Quinchayo Chico-Yumbe Lote 01.
ARTICULO SEGUNDO: Inmaticular a favor del estado representado por el Gobierno Regional Piura, de acuerdo al plano y memoria descriptiva por un Área Lote 2: 46.9070 hectáreas y un perimetro de 3,047.31 metros lineales de la unidad territorial denominada "Quinchayo Chico-Yumbe Lote 02.
ARTICULO TERCERO: Inmatricula a favor del estado representado por el Gobierno Regional Piura, de acuerdo al plano y memoria descriptiva por un Área Lote 3: Area Lote 3: 372.6782 hectáreas y un perimetro de 9,127.71 metros lineales territorial denominada "Quinchayo Chico-Yumbe Lote 03, área resultante de la exclusión de Área ocupada por caserío Quinchayo Chico, camino prehispánico e LE. N° 14717 inscrita en la ficha registral N° 041185, continuada en la partida electrónica N° 00025308: 2.9295 hectáreas.
ARTICULO CUARTO: Remitase la presente resolución a la zona registral zona | Sede Piura para su respectiva inscripción en el Registro de Predios.
ARTICULO SEGUNDO: Inmaticular a favor del estado representado por el Gobierno Regional Piura, de acuerdo al plano y memoria descriptiva por un Área Lote 2: 46.9070 hectáreas y un perimetro de 3,047.31 metros lineales de la unidad territorial denominada "Quinchayo Chico-Yumbe Lote 02.
ARTICULO TERCERO: Inmatricula a favor del estado representado por el Gobierno Regional Piura, de acuerdo al plano y memoria descriptiva por un Área Lote 3: Area Lote 3: 372.6782 hectáreas y un perimetro de 9,127.71 metros lineales territorial denominada "Quinchayo Chico-Yumbe Lote 03, área resultante de la exclusión de Área ocupada por caserío Quinchayo Chico, camino prehispánico e LE. N° 14717 inscrita en la ficha registral N° 041185, continuada en la partida electrónica N° 00025308: 2.9295 hectáreas.
ARTICULO CUARTO: Remitase la presente resolución a la zona registral zona | Sede Piura para su respectiva inscripción en el Registro de Predios.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural y Estatal - PRORURAL
