Resolución Gerencial Regional N.° 115-2024-GRSFLPRE
2 de febrero de 2024
ARTÍCULO PRIMERO. DECLARAR PROCEDENTE la solicitud de adjudicación de terrenos eriazos presentada por el administrada DISTRIBUIDORA AGRICOLA SAN ANTONIO E.I.R.L.- DIASA RUC. 20530198112, con su representante SARITA ELIZABETH ZAPATA GUITERREZ, identificada con DNI 02868169, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - APROBAR el Proyecto Pecuario, "crianza y explotación de ganado caprino en 11. 6831 has. de terreno eriazo" a ejecutar en el predio eriazo ubicado Sector Progreso Bajo, Valle Bajo Piura, Distrito de Castilla, Provincia y Departamento de Piura.
ARTÍCULO TERCERO. • DISPONER el otorgamiento del contrato de compraventa con un área de 11. 6831 has. de terreno eriazo, ubicado en el Sector Progreso Bajo, Valle Bajo Piura, Distrito de Castilla, Provincia y Departamento de Piura, Previa cancelación dentro del plazo de 60 días hábiles de su valor de SESENTA Y SIETE MIL SETENCIENTOS VEINTE Y SESIS Y 93/100 SOLES (S/. 67,726.93), expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO CUARTO. - OTORGAR un plazo de 02 años para la ejecución de las obras de habilitación del proyecto, incluyendo en el contrato de compraventa, la cláusula resolutiva pertinente, la cual deberá inscribirse en la oficina registral respectiva, con carga a favor del Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO. - APROBAR el Proyecto Pecuario, "crianza y explotación de ganado caprino en 11. 6831 has. de terreno eriazo" a ejecutar en el predio eriazo ubicado Sector Progreso Bajo, Valle Bajo Piura, Distrito de Castilla, Provincia y Departamento de Piura.
ARTÍCULO TERCERO. • DISPONER el otorgamiento del contrato de compraventa con un área de 11. 6831 has. de terreno eriazo, ubicado en el Sector Progreso Bajo, Valle Bajo Piura, Distrito de Castilla, Provincia y Departamento de Piura, Previa cancelación dentro del plazo de 60 días hábiles de su valor de SESENTA Y SIETE MIL SETENCIENTOS VEINTE Y SESIS Y 93/100 SOLES (S/. 67,726.93), expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO CUARTO. - OTORGAR un plazo de 02 años para la ejecución de las obras de habilitación del proyecto, incluyendo en el contrato de compraventa, la cláusula resolutiva pertinente, la cual deberá inscribirse en la oficina registral respectiva, con carga a favor del Estado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural y Estatal - PRORURAL
