Resolución Gerencial Regional N.° 530-2023-GRSFLPRE
27 de diciembre de 2023
ARTICULO PRIMERO. • DECLARAR PROCEDENTE la solicitud al adjudicación de terrenos eriazos presentada por el administradaDAISY DEL PILAR CHECA CASAVERDE identificado con DNI N ° 02658841, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - APROBAR el Proyecto Pecuario Forestal, presentado por DAISY DEL PILAR CHECA CASAVERDE, "crianza y explotación de Ganado Ovino" a ejecutar en el predio eriazo ubicado sector Puntas Arenas en el distrito de Castilla, Provincia y Departamento de Piura, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTICULO TERCERO. • DISPONER el otorgamiento del contrato de compraventa con un área de 4,3305 ha. de terreno eriazo, previo pago del precio de arancel correspondiente a CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO CON 12/100 NUEVOS SOLES (S/.43,971.12) conforme a lo expuesto en el informe técnico de tasación N°453-2023-GRSFLPRE-AREA ERIAZOS/ARMS y expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución, concediendo a la administrada la facultad de elegir de manera independiente la notaría que autenticará el contrato de adjudicación, asumiendo íntegramente los costos y gastos asociados a dicho procedimiento.
ARTICULO CUARTO. - OTORGAR un plazo de 02 años para la ejecución de las obras de habilitación del proyecto, incluyendo en el contrato de compraventa, la cláusula resolutiva pertinente, la cual deberá inscribirse en la oficina registra respectiva, con carga a favor del Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO. - APROBAR el Proyecto Pecuario Forestal, presentado por DAISY DEL PILAR CHECA CASAVERDE, "crianza y explotación de Ganado Ovino" a ejecutar en el predio eriazo ubicado sector Puntas Arenas en el distrito de Castilla, Provincia y Departamento de Piura, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTICULO TERCERO. • DISPONER el otorgamiento del contrato de compraventa con un área de 4,3305 ha. de terreno eriazo, previo pago del precio de arancel correspondiente a CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO CON 12/100 NUEVOS SOLES (S/.43,971.12) conforme a lo expuesto en el informe técnico de tasación N°453-2023-GRSFLPRE-AREA ERIAZOS/ARMS y expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución, concediendo a la administrada la facultad de elegir de manera independiente la notaría que autenticará el contrato de adjudicación, asumiendo íntegramente los costos y gastos asociados a dicho procedimiento.
ARTICULO CUARTO. - OTORGAR un plazo de 02 años para la ejecución de las obras de habilitación del proyecto, incluyendo en el contrato de compraventa, la cláusula resolutiva pertinente, la cual deberá inscribirse en la oficina registra respectiva, con carga a favor del Estado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural y Estatal - PRORURAL
