Acuerdo de Consejo Regional N.° 2040-2023
Sesiones ordinarias y extraordinarias podrán llevarse a cabo mediante sesiones presenciales, virtuales (video conferencia) y mixtas.
13 de setiembre de 2023
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR por el periodo de treinta (60) días calendarios y mientras se mantenga la emergencia por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales y posible fenómeno del niño que las sesiones ordinarias y extraordinarias podrán llevarse a cabo mediante sesiones presenciales, virtuales (video conferencia) y mixtas.