Resolución Ejecutiva Regional N.° 798-2023-GR

19 de setiembre de 2023

DAR CUMPLIMIENTO a la Resolución N° 01 de fecha 03 de agosto de 2023, recaída en el Expediente N° 02126-2023-1-2001-JR-LA-02, emitida por el 2do Juzgado Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Piura, que decretó lo siguiente: "(...) Declarar PROCEDENTE la MEDIDA CAUTELAR peticionada por: NOE YAPAPASCA WALTER AGUSTO. 2) ORDENO a la entidad demandada, cumpla con depositar de manera provisional el incremento de S/. 50.00 al haber básico, así como el bono alimentario de S/25.00 soles diarios para los solicitantes antes descritos, a partir de la concesión de la presente medida cautelar, de manera provisional hasta que el proceso principal se resuelva en definitiva; bajo apercibimiento de ley. 3) OFICIESE y NOTIFIQUESE al Gobernador Regional, con conocimiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Piura, la presente Medida Cautelar (...)".
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RESOLUCION N°798-2023-GR

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