Resolución Gerencial Regional N.° 164-2023-GRDS

17 de marzo de 2023

DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación contra la denegatoria ficta de la solicitud de fecha 01 de junio de 2022, interpuesto por MARÍA EULALIA GUTIÉRREZ ADRIANZÉN DE ABURTO contra el Oficio N° 4333-2022-GOB.REG- PIURA-DREP-OADM-COMISIÓN.PREP.CLASES de fecha 21 de julio de 2022, respecto al reconocimiento de la Bonificación Especial Mensual por Preparación de Clases y Evaluación; en consecuencia NULO el Oficio N° 4333-2022-GOB.REG-PIURA-DREP-OADM-COMISIÓN. PREP.CLASES de fecha 21 de julio de 2022, y DISPONER que la Dirección Regional de Educación Piura emita el acto administrativo que reconozca a favor de la administrada, en calidad de docente cesante, el derecho que le corresponde por bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación dispuesta en el artículo 48 de la Ley 24029, Ley del Profesorado, modificado por la Ley 25212, en base a su Remuneración Total y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 31495, debiendo además efectuar de oficio el recálculo de la pensión de la causante que viene percibiendo desde que se le empezó a pagar la citada bonificación hasta la actualidad, la misma que debe realizarse de forma continua y permanente, correspondiéndole asimismo el reintegro de la diferencia por el periodo en el que estuvo vigente dicho artículo, comprendido desde que se le empezó a pagar la citada bonificación hasta el 25 de noviembre de 2012, en concordancia con el artículo 3 de la Ley N° 31495, y por el periodo comprendido desde el 26 de noviembre de 2012 hasta la actualidad, debiéndose proceder con su cálculo y liquidación, de conformidad con los REGIONAL PIURA considerandos expuestos en la presente resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social

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