Resolución Gerencial Regional N.° 151-2023-GRDS

16 de marzo de 2023

DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso administrativo de apelación interpuesto por BENITES QUIROGA JOSEFA EDITH contra la Resolución Ficta Que, así también, es necesario considerar que conforme al numeral 34.2 del artículo 34 del Decreto Legislativo N° 1440, "Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público", las disposiciones legales y reglamentarias, los actos administrativos y de administración, los contratos y/o convenios así como cualquier actuación de las Entidades, que generen gasto deben supeditarse, de forma estricta, a los créditos presupuestarios autorizados, quedando prohibido que dichos actos condicionen su aplicación a créditos presupuestarios mayores o adicionales a los establecidos en los Presupuestos, bajo sanción de nulidad de la autoridad competente, y sujetos a responsabilidad civil, penal y administrativa del Titular de la Entidad y de la persona que autoriza el acto. Dichos actos administrativos o de administración no son eficaces.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social

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