Resolución Ejecutiva Regional N.° 234-2023-GR

7 de febrero de 2023

DAR CUMPLIMIENTO al mandato judicial contenido en la Resolución N° 01 de fecha 10 de enero de 2023, recaída en el Expediente N° 02180-2020-5-2001-JR-LA-02, emitido por el Segundo Juzgado Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Piura, que resolvió: "(...)") Declarar PROCEDENTE la MEDIDA CAUTELAR peticionada por el Sindicato Único de Trabajadores del gobierno Regional de Piura-SUTRAGOBREG PIURA debidamente representado por su Secretario General Sr. Manuel Mejia Antón, sobre Medida Cautelar Temporal sobre el Fondo, en representación de NAVARRO BAUTISTA JOSE ALBERTO y ESPINOZA GONCES ANA MARIA; 2) Ordeno a la entidad demandada cumpla con depositar de manera temporal y mensual el beneficio de canasta de alimentos de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Presidencial N° 613- 2000/CTAR PIURA-P igual a DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES; beneficio que deberá ser entregado de manera mensual a partir de la fecha, de concesión de la medida cautelar, a los trabajadores, NAVARRO BAUTISTA JOSE ALBERTO Y ESPINOZA GONCES ANA MARIA (...)".
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GR-234-2023

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