Resolución Ejecutiva Regional N.° 115-2023-GR

13 de enero de 2023

DAR CUMPLIMIENTO en sus propios términos al mandato judicial contenido en la Resolución N° Uno de fecha 15 de diciembre del año 2022 (MANDATO CAUTELAR), recaída en el Expediente Judicial N° 00764-2021-1-2001-JR-LA-02, tramitado de través del Segundo Juzgado Laboral Permanente de Piura, que resolvió: 1) Declarar PROCEDENTE la MEDIDA CAUTELAR peticionada por el Sindicato Progresista de Trabajadores del Gobierno Regional de Piura debidamente representado por su Secretario General Sr. Orlando Codarlupo Cruz, sobre Medida Cautelar Temporal sobre el Fondo; a favor de; ASCUE TORRES LUIS RAMÓN; CASTILLO HINOSTROZA JOSE JESUS; SULLON YACSAHUACHE HARRY ALEXANDER; CORREA CAMPOS DIANA. 2) Ordeno a la entidad demandada cumpla con depositar de manera temporal y trimestral la suma de S/. 1,500.00 soles, dispuesta en el acuerdo 19 del acta paritaria del año 2015, aprobado por RER N° 381-2015/GOBIERNO REGIONAL DE PIURA-GR a partir de la concesión de la medida cautelar, de manera provisional, mientras se resuelve en definitiva el proceso principal


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