Resolución Gerencial Regional N.° 602-2022-GRDS

28 de diciembre de 2022

DECLARAR FUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto por LILA FRANCY GALLO PORTOCARRERO contra el Oficio N° 5866-2022-GOB.REG.PIURA-DREP-OADM- COMISION.PREP.CLASES de fecha 16 de setiembre del 2022, de conformidad con los considerandos expuestos en el presente informe; en consecuencia, disponer que la Dirección Regional de Educación Piura emita el acto administrativo que reconozca a favor de la administrada la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación dispuesta en el articulo 48 de la Ley 24029, Ley del Profesorado, modificado por la Ley 25212, en base a su Remuneración Total y en cumplimiento de lo establecido en el articulo 5 de la Ley N° 31495, debiendo además efectuar de oficio el recálculo de la pensión que viene percibiendo la administrada desde el 01 de abril de 1991 hasta la actualidad, la misma que debe realizarse de forma continua y permanente, correspondiéndole asimismo el reintegro de la diferencia por el periodo comprendido en el que estuvo vigente dicho articulo, desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, en concordancia con el artículo 3 de la Ley N° 31495, y por el periodo comprendido desde el 26 de noviembre de 2012 hasta la actualidad, debiéndose proceder con su cálculo y liquidación. Téngase por agotada la via administrativa conforme a lo prescrito en el numeral 228.2, literal b), del artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social

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