Resolución Gerencial Regional N.° 574-2022-GRDS

21 de diciembre de 2022

DECLARAR FUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto por MARÍA MAGDALENA VILELA NAMUCHE contra la denegatoria ficta a la solicitud presentada con fecha 18 de marzo del 2022, de conformidad con los considerandos expuestos en el presente informe; en consecuencia, disponer que la Dirección Regional de Educación Piura emita el acto administrativo que reconozca a favor de la administrada el derecho de percibir la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación dispuesta en el articulo 48 de la Ley 24029- Ley del Profesorado, modificado por la Ley 25212, en base a su Remuneración Total, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 31495, debiendo asimismo en dicho acto resolutivo efectuar de oficio el cálculo de la liquidación que le corresponda considerando el periodo en el que estuvo vigente dicho artículo, es decir, desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012 y desde que empezó a percibir la bonificación, conforme al periodo de aplicación establecido en el articulo 3 de la Ley N° 31495 y de acuerdo a lo que le corresponde. Téngase por agotada la via administrativa conforme a lo prescrito en el numeral 228.2, literal b), del artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General", aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social

Vista preliminar de documento RES N°574-2022-GRDS

RES N°574-2022-GRDS

PDF
2 MB