Resolución Gerencial Regional N.° 522-2022-GRDS

14 de diciembre de 2022

DECLARAR FUNDADO EN PARTE recurso administrativo de apelación interpuesto por BELTRÁN CULQUICÓNDOR NEIRA contra la denegatoria ficta a la solicitud presentada con fecha 06 de mayo del 2022, de conformidad con los considerandos expuestos en el presente informe; en consecuencia, disponer que la Dirección Regional de Educación Piura emita el acto administrativo que reconozca a favor del cervisite administrado la Bonificación del 30% por Preparación de Clases y Evaluación y 5% adicional por Desempeño de Cargo y Preparación de Documentos de Gestión dispuesta en el artículo 48 de la Ley 24029, Ley del Profesorado, modificado por la Ley 25212, en base a su Remuneración Total y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 31495, debiendo además efectuar de oficio el recálculo de la pensión que viene percibiendo el administrado desde el desde el 21 de mayo de 1990 hasta la actualidad, la misma que debe realizarse de forma continua y permanente, correspondiéndole asimismo el reintegro de la diferencia según le corresponda por el periodo en el que estuvo vigente dicho artículo (desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012), en concordancia con el artículo 3 de la Ley N° 31495, y por el periodo comprendido desde el 26 de noviembre de 2012 hasta la actualidad, debiéndose proceder con su cálculo y liquidación.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social

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