Resolución Ejecutiva Regional N.° 740-2022-GR
6 de diciembre de 2022
AMPLIAR, a partir del dia siguiente del presente resolutivo, las facultades otorgadas mediante el artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Regional N° 561- 2022/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR de fecha 03 de octubre de 2022, al Abog. CARLOS ENRIQUE OTERO CASTILLO, Procurador Público Ad Hoc en las denuncias, investigaciones y procesos penales del Gobiemo Regional Piura, en el extremo de incluir la ejecución de las acciones que correspondan para la implementación de la disposición de desocupación y/o demolición de toda edificación, pudiendo inclusive utilizar el mecanismo de la recuperación extrajudicial prevista en los artículos 65 al 67 de la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, así como repeler todo tipo de invasiones u ocupaciones ilegales que se realicen en zonas no mitigables y recuperar extrajudicialmente el predio, cuando tengan conocimiento de dichas invasiones u ocupaciones, para lo cual requerirá el auxilio de la Policia Nacional del Perú