Resolución Gerencial Regional N.° 479-2022-GRDS
30 de noviembre de 2022
DECLARAR FUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto por JENNY GONZALINA SALAZAR NEYRA contra la Resolución Directoral Regional presente resolución; en consecuencia, disponer que la Dirección Regional de Educación Piura emita el acto administrativo que reconozca a favor de la administrada el derecho de percibir Supervision Bonificación Especial Mensual por Preparación de Clases y Evaluación y Desempeño de Cargo Directivo equivalente al 35%, dispuesta en el artículo 48 de la Ley 24029- Ley del Profesorado, modificado por la Ley 25212, en base a su Remuneración Total, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 31495, debiendo asimismo en dicho acto resolutivo efectuar de oficio el cálculo de la liquidación que le corresponda considerando el periodo en el que estuvo vigente dicho artículo, es decir, desde el 04 de abril de 2002 hasta el 24 de noviembre de 2012, conforme al periodo de aplicación establecido en el artículo 3 de la Ley N° 31495. Téngase por agotada la vía administrativa conforme a lo prescrito en el numeral 228.2, literal b), del artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General", aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social