Resolución Gerencial Regional N.° 413-2022-GRDS
7 de noviembre de 2022
DECLARAR FUNDADO el recurso administrativo de apelación interpuesto por NORMA EDITH REYES GONZÁLES contra la denegatoria ficta a la solicitud presentada con fecha 11 de marzo del 2021, de conformidad con los considerandos expuestos en el presente informe; en consecuencia, disponer que la Dirección Regional de Educación Piura emita el acto administrativo que reconozca a favor de la administrada, en calidad de cónyuge superstite y por el derecho que le corresponde a su fallecido esposo ANSELMO CÓRDOVA GONZÁLES, el derecho de percibir la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación dispuesta en el artículo 48 de la Ley N° 24029- Ley del Profesorado, modificado por la Ley 25212, en base a su Remuneración Total, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 31495, debiendo asimismo en dicho acto resolutivo efectuar de oficio el cálculo de la liquidación que le corresponda considerando el periodo en el que estuvo vigente dicho artículo, es decir, desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, conforme al periodo de aplicación establecido en el artículo 3 de la Ley N° 31495. Téngase por agotada la via administrativa conforme a lo prescrito en el numeral 228.2, literal b), del artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General", aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019 JUS.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social