Resolución Gerencial Regional N.° 408-2022-GRDS
2 de noviembre de 2022
DECLARAR FUNDADO EN PARTE, el recurso administrativo de apelación interpuesto por LUIS ALFONSO LOZANO TORRES contra el Oficio N° Oficio N° 2968-2022-GOB.REG.PIURA-DREP-OADM-COMISION.PREP.CLASES de fecha 25 de mayo del 2022, de conformidad con los considerandos expuestos en el presente informe; en consecuencia, disponer que la Dirección Regional de Educación Piura emita el acto administrativo que reconozca a favor de la administrada la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación dispuesta en el artículo 48 de la Ley 24029, Ley del Profesorado, modificado por la Ley 25212, en base a su Remuneración Total y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 31495, 01 de enero de 2012 hasta actualidad, la misma que debe realizarse de forma continua, correspondiéndole asimismo el reintegro de la diferencia por el periodo comprendido desde el 20 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, en concordancia con el artículo 3 de la Ley N° 31495, y por el periodo comprendido desde el 26 de noviembre de 2012 hasta actualidad,, debiéndose proceder con su cálculo y liquidación.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social