Resolución Gerencial Regional N.° 390-2022-GRDS

27 de octubre de 2022

DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso administrativo de apelación interpuesto por ELSI EDITH SAAVEDRA VILCAMANGO contra la denegatoria ficta a su solicitud derivada con HRC. N° 02016 de fecha 27 de enero de 2021, de conformidad con los considerandos expuestos en el presente informe; en consecuencia, disponer que la Dirección Regional de Educación Piura emita el acto administrativo que reconozca a favor de la administrada REGIONAL el derecho de percibir la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación dispuesta en el artículo 48 de la Ley 24029- Ley del Profesorado, modificado por la Ley 25212, en base a su Remuneración Total, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 31495, debiendo asimismo en dicho acto resolutivo efectuar de oficio el cálculo de la liquidación que le corresponda considerando el periodo en el que estuvo vigente dicho artículo, es decir, en el presente desde el 01 de abril de 1995 hasta el 25 de noviembre de 2012, conforme al periodo de aplicación establecido en el artículo 3 de la Ley N° 31495.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social

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