Resolución Oficina de Recursos Humanos N.° 0023-2018
10 de julio de 2018
Rectificar De Oficio El Error Material Incurrido En El Penultimo Parrafo De La Parte Considerativa De La Resolucion&Nbsp; Oficina De Recursos Humanos N&Deg; 021-2018/Gobierno Regional Piura De Fecha 03 De Julio De 2018 En Los Terminos Siguientes:Debe Decir: Que, Consecuentemente, En Aplicacion De Los Principios De Razonabilidad Y Proporcionalidad, De Los Criterios De Graduacion De La Sancion Analizados Y En Funcion Del Analisis De Los Hechos, De Los Medios Probatorios Actuados Y Recabados, Asi Como Del Analisis De La Normatividad Vigente, Esta Oficina De Recursos Humanos En Calidad De Organo Sancionador, Considera Que Corresponde Imponer Al Imputado Sr. Pablo Giron Yarleque, La Sancion De Suspension Sin Goce De Remuneraciones Por El Termino De (20) Dias, Y Al Sr. Ruben Dario Sosa Ruiz, Sancion De Suspension Sin Goce De Remuneraciones Por El Termino De (30) Dias, De Conformidad Con El Inciso B) Del Articulo 88 De La Ley N&Deg; 30057, Ley Del Servicio Civil".