Resolución Ejecutiva Regional N.° 498-2022-GR

9 de setiembre de 2022

DAR CUMPLIMIENTO en sus propios términos al mandato judicial contenido en la Resolución Nº Uno de fecha 18 de julio de 2022 (MANDATO CAUTELAR), recaída en el Expediente Judicial N° 02008-2021-1-2001-JR-LA-02, tramitado de través del Segundo Juzgado Laboral Permanente de Piura, que resolvió: "1) Declarar PROCEDENTE la MEDIDA CAUTELAR peticionada por TIMANA PEÑA PEDRO MIGUEL sobre medica cautelar Innovativa; 2) ORDENO a la entidad demandada cumpla con INCORPORAR al solicitante a la planilla de servidores contratados del Gobierno Regional de Piura. 3) ORDENO a la entidad demandada reconozca los incentivos de canasta de alimentos, racionamiento, productividad y bonificación especial, de manera temporal y provisional desde la concesión de la presente medida cautelar, y hasta que el proceso principal sea resuelto, en definitiva. 4) Oficiese y Notifiquese al Gobernador Regional, con conocimiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Piura, la presente Medida Cautelar, para que en un plazo de 10 días de Notificado la presente, comunique el cumplimiento de la misma bajo apercibimiento de Ley en caso de Incumplimiento, (...)."
Vista preliminar de documento RER N° 498-2022

RER N° 498-2022

PDF
1.7 MB