Resolución Gerencial Regional N.° 86-2020-GRDS

28 de febrero de 2020

Iniciar De Oficio El Procedimiento Administrativo Para Revisar La Legalidad De La Resolucion Directoral Regional N&Deg; 8800 De Fecha 02 De Setiembre De 2019, Por Estar Inmersa En Causal De Nulidad Prevista En El Numeral 1 Y 2 Del Articulo 10&Deg; Del T.U.O. De Laley N&Deg; 27444.Otorgar A Lucio Armando Ramos Valdiviezo Un Plazo Maximo De Cinco (05) Dias Habiles Segun Lo Estipulado En El Ultimo Parrafo Del Numeral 213.2, Articulo 213&Deg; Del T.U.O. De La Ley N&Deg; 27444; El Cual Se Iniciara A Partir Del Dia Habil Siguiente De Aquel En Que Se Notifique, Para Que Exprese Los Argumentos O Aporte Las Pruebas Que DesvirtÚEn Los Fundamentos Que Cuestionan La Legalidad De La Resolucion Directoral Regional N&Deg; 8800 De Fecha 02 De Setiembre De 2019.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social

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RGR N°86-2020-GRDS

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