Resolución Gerencial Regional N.° 00125-2015-Gerencia Regional de Pro Rural
28 de abril de 2015
ARTICULO PRIMERO.· DECLARAR FIRME la Resolución Gerencial Regional N° 075-2015/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GRSFLPR, de fecha 20 de marzo de 2015, que resuelve: "(.. .) DECLARAR LA CADUCIDAD DEL DERECHO DE PROPIEDAD, otorgado a favor de la administrado FÉLIX HUMBERTO GUERRERO ALAMA, sobre el terreno de 9 hectáreas 9, 940 metros cuadrados, signado con Unidad Catastral N° 090020, ubicado en el predio San Silvestre, distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura, por incumplimiento de la Cláusula Tercera de la Resolución Directora/ N° 325-2007-GOB.REG.PIURA-DRA-P, de fecha 26 de junio de 2007, (.. .) APROBAR la solicitud de otorgamiento de terrenos eriazos presentada pÓr la empresa SOCIEDAD AGRÍCOLA RAPEL SAC, (. . .) APROBAR el Proyecto Agrícola denominado "Cultivo de Uva de Mesa", presentado por Ja empresa SOCIEDAD AGRÍCOLA RAPEL SAC, (. . .) DISPONER el otorgamiento del contrato de compra venta del predio eriazo con un área de 10 hectáreas y con un perímetro de 1580.10 metros lineales, (. . .),' OTORGAR un plazo de dos años para la ejecución de las obras de habilitación del proyecto, incluyendo en el contrato de compraventa, la cláusula resolutiva pertinente, (. ..)".
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural y Estatal - PRORURAL