Resolución Gerencial Regional N.° 00123-2015-Gerencia Regional de Pro Rural

28 de abril de 2015

ARTÍCULO   PRIMERO.·    DECLARAR   FIRME   la  Resolución   Gerencial   Regional      071-2015/GOBIERNO   REGIONAL  PIURA-GRSFLPR,  de fecha  23 de marzo de  2015,  que  resuelve:  "(.. .) DECLARAR  LA CADUCIDAD  DEL DERECHO  DE PROPIEDAD, otorgado  a favor de la administrada MAXIMINA  GIRÓN  OLIVARES,  sobre  el terreno  de  8  hectáreas  3,385  metros  cuadrados,  y  un perímetro de 1247.64 metros lineales, signado con Unidad Catastral  Nº 090021,  ubicado en el predio San Silvestre, distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura, por incumplimiento de la Cláusula Tercera de la Resolución Directora/ N° 332-2007-GOB.REG.PIURA-DRA-P,   de fecha  26 de junio de 2007,  (. .  .)  APROBAR la solicitud de otorgamiento de terrenos eriazos presentada por la empresa SOCIEDAD AGRÍCOLA RAPEL SAC,(.. .)APROBAR   el Proyecto Agrícola denominado  "Cultivo de Uva de Mesa", presentado por la empresa SOCIEDAD AGRÍCOLA RAPEL SAC, (. .  .)DISPONER  el otorgamiento del contrato de compra venta del predio eriazo con un área de 8 hectáreas,  3, 385 metros cuadrados, y un perímetro de 1247.64 metros lineales,  (.. .);OTORGAR   un plazo de dos años para la ejecución  de las  obras  de  habilitación  del proyecto, incluyendo   en  el  contrato  de  compraventa, la cláusula resolutiva pertinente, (. .  .)".

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural y Estatal - PRORURAL

Vista preliminar de documento Resolución Gerencial Regional N°00123-2015-Gerencia Regional de Pro Rural

Resolución Gerencial Regional N°00123-2015-Gerencia Regional de Pro Rural

PDF
1.7 MB