Resolución Gerencial Regional N.° 00308-2017-Gerencia Regional de Pro Rural
12 de julio de 2017
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR FIRME, la Resolución Gerencial Regional N°214-2017-GOBIERNO REGIONAL PIURA-GRSFLPRE de fecha 29 de mayo del 2017, que resuelve: DECLARAR, que se ha cumplido con las obligaciones establecidas en la cláusula cuarta del Contrato de Otorgamiento de Tierras Eriazas en Parcelas de Pequeña Agricultura Nº32-2014-GOB.REG.PRO-RURAL, otorgado a favor de JOSE JUSTO AREVALO TAVARA, identificado con D.N.I N°02838661 y MARIA SOLEDAD OBALLE GARCIA, identificada con D.N.I Nº 03689232; DISPONER el levantamiento de la carga registral inscrita en el asiento D00001 del rubro de gravámenes y cargas de la partida electrónica N°11069616 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Sullana; DISPONER, que se otorgue la propiedad definitiva a favor del adjudicatario JOSE JUSTO AREVALO TAVARA y MARIA SOLEDAD OBALLE GARCIA, del predio eriazo con unidad catastral N°123103, con un área de 6 has. 9624 M2 ubicado en el valle del Chira, sector Poechos, distrito de Querecotillo, provincia de Sullana y departamento de Piura; conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Gerencia Regional de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural y Estatal - PRORURAL