Acuerdo Regional N.° 0708-2011

28 de junio de 2011

ARTICULO PRIMERO.- Declarar Improcedente, el recurso de Reconsideración de fecha 25 de mayo del 2011,
interpuesto por el Sr. Jaime Alberto Cuzquen Cabrejos contra el Acuerdo de Consejo Regional N° 697-2011/GRP-CR de
fecha 15 de abril de 2011, de conformidad a los considerandos expuestos en el presente Acuerdo de Consejo Regional.

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