Acuerdo Regional N.° 0783-2012
2 de mayo de 2012
ARTICULO PRIMERO.- Solicitar a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, que a través de Sala Plena del Tribunal de Servicio Civil, emita aclaración respecto a lo señalado en la Resolución de Sala Plena N° 001-2011-SERVIR/TSC del 14 de junio de 2011, por el cual se establece como precedente administrativo de observancia obligatoria, los supuestos en que no es de aplicación el criterio de la remuneración total permanente como cálculo para el pago de beneficios, entre los cuales no menciona cómo resolver en el caso de la bonificación especial mensual del treinta (30%) por preparación de clases y evaluación.