Acuerdo Regional N.° 01689-2020

9 de junio de 2020

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR LA IMPROCEDENCIA de la contratación directa en vía de regularización por causal DE EMERGENCIA SANITARIA; declarada mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA- Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19; bajo la causal establecida en literal b.4) del literal b) del Artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 344--2018-EF, de la CONTRATACIÓN DIRECTA N°004-2020-HAS-OEC para la ADQUISICIÓN DE INDUMENTARIA DE BIOSEGURIDAD (MANDIL DESCARTABLE) PARA PERSONAL ASISTENCIAL DEL HOSPITAL DE APOYO II-2 SULLANA, PARA ATENDER PLAN DE CONTINGENCIA FRENTE A INFECCIÓN POR CORONAVIRUS (COVID-19), solicitada por la oficina de Epidemiologia y Salud Ambiental del Hospital de Apoyo II, por el monto de S/50,000.00 (Cincuenta Mil Soles); por haber superado el plazo máximo de la regularización de la contratación directa, contemplado en el numeral 6.4 del Artículo 6°del Decreto de Urgencia N° 025 – 2020.

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