Acuerdo de Consejo Regional N.° 1805-2021
Conformación de Comisión Investigadora
17 de marzo de 2021
ARTÍCULO PRIMERO.- CONFORMAR una Comisión Especial del Consejo Regional, cuyo objeto principal será
ejercer función fiscalizadora respecto a las contrataciones directas aprobadas en el marco del Decreto de Urgencia Nº 102-2020 - Decreto de Urgencia que Dicta Medidas Extraordinarias y Urgentes para Ampliar y Reforzar La Respuesta Sanitaria en el Marco de la Emergencia Nacional por el Covid-19, que menciona en la Segunda Disposición Complementaria Final, lo siguiente: “Autorízase a los Alcaldes y Gobernadores Regionales, de manera excepcional, a aprobar las contrataciones directas que efectúen en el marco del literal b) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, como consecuencia de la situación de emergencia por el brote del COVID-19, respecto de las contrataciones que se encuentran pendientes de regularización, así como de aquellas que se realicen a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia. Las contrataciones directas aprobadas están sujetas a rendición de cuentas ante el Consejo Regional o el Concejo Municipal, según corresponda” , teniendo un plazo de treinta (30) días hábiles para presentar su informe final y/o Dictamen ante el Consejo Regional.
ejercer función fiscalizadora respecto a las contrataciones directas aprobadas en el marco del Decreto de Urgencia Nº 102-2020 - Decreto de Urgencia que Dicta Medidas Extraordinarias y Urgentes para Ampliar y Reforzar La Respuesta Sanitaria en el Marco de la Emergencia Nacional por el Covid-19, que menciona en la Segunda Disposición Complementaria Final, lo siguiente: “Autorízase a los Alcaldes y Gobernadores Regionales, de manera excepcional, a aprobar las contrataciones directas que efectúen en el marco del literal b) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, como consecuencia de la situación de emergencia por el brote del COVID-19, respecto de las contrataciones que se encuentran pendientes de regularización, así como de aquellas que se realicen a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia. Las contrataciones directas aprobadas están sujetas a rendición de cuentas ante el Consejo Regional o el Concejo Municipal, según corresponda” , teniendo un plazo de treinta (30) días hábiles para presentar su informe final y/o Dictamen ante el Consejo Regional.