Resolución Gerencial Sub Regional N.° 00200-2012-GSRMHBBA
28 de mayo de 2012
SE RESUELVE: ARTíCULO PRIMERO. - APROBAR la Ampliación de PlazoN° 03 por veintiséis días caléndanos (26 d. c), al Consorcio Yamango II, encargado de ejecutar la Obra Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y alcantarillado en la localidad de Yamango y Anexos Flor de agua, Víctor Raúl, Alto San José, La Laguna, La Loma, Alto Palo Colorado, La Victoria, Distrito de Yamango, Provincia de Morropón contados a partir del dieciséis de mayo del dos mil doce (16.05.2012) hasta el día diez de junio del dos mil doce (10 06.2012) SIN RECONOCIMIENTO DE MAYORES GASTOS GENERALES teniendo como nueva fecha del término de ejecución contractual el día treinta de octubre del dos mil doce (30 10.2012). ARTICULO SEGUNDO. - Notifíquese la presente Resolución al Consorcio Yamango II en su domicilio sito en: Av. Nueva Tomas Marsano 3200. del Distrito de Santiago de Surco – Región Lima, en la Calle Los JacintosMz "D " Lote 04 del distrito de Castilla y en la Calle LimaN° 453 del distrito y Provincia de Morropón, Región Piura, para su cumplimiento conforme a lo establecido en la normatividad vigente, así como al D E A C E para su registro respectivo. ARTíCULO TERCERO. - AUTORíCESE la suscripción de la Adenda al Contrato de Obra: Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y alcantarillado en la localidad de Yamango y Anexos Flor de agua, Víctor Raúl, Alto San José, La Laguna, La Loma, Alto Palo Colorado, La Victoria, Distrito de Yamango, Provincia de Morropón '. teniendo en consideración las anteriores ampliaciones de plazo concedidas a la empresa contratista, las cuales deberán generarse y regularizarse con efecto retroactivo de ser el caso. ARTíCULO CUARTO. -Hágase de conocimiento de la presente Resolución a la Dirección Sub Regional de Infraestructura, Sub Dirección de la Unidad de Obras. Oficina Sub Regional de Asesoría Legal, Oficina Sub Regional de Administración, y demás estamentos que corresponda de la Gerencia Sub Regional Morropón Huancabamba. así como al Inspector y Residente de la obra. REGíSTRESE, COMUNíQUESE, CúMPLASE Y ARCHíVESE.