Resolución Gerencial Sub Regional N.° 00063-2012-GSRMHBBA
1 de marzo de 2012
SE RESUELVE: ARTíCULO PRIMERO.- RECTIFICAR el error material, con efecto retroactivo en que se ha en la RGSRN° 576-2010/GOB. REG. PIURA-GSRMH, de fecha catorce de diciembre del dos mil diez (14.12 2010). ARTíCULO SEGUNDO: Disponer la rectificación que se realiza en el siguiente sentido:DICE:ARTíCULO PRIMERO.-Aprobar la liquidación Final del CONTRATO DE CONSULTORíA DE SUPERVISIóN: "CONSTRUCCIóN DE LA CARRETERA ASFALTADA MORROPóN - CHALACO -PACAIPAMPA - V ETAPA TRAMO: KM 08+600 AL 15+500", ejecutada bajo el sistema A precios Unitarios, cuyo valor total asciende a Setecientos Setenta y Nueve Mil treinta y Dos con 56/100 nuevos Soles (S/. 779,032.56). Y para efectos contables se alcanza Anexos adjunto en dos folios, que forman parte integrante de la presente Resolución, por lo que es necesario realizar el ajuste al transferirse a la Respectiva cuenta del Proyecto CONSTRUCCIóN DE LA CARRETERA ASFALTADA MORROPóN -CHALACO - PACAIPAMPA - V ETAPA TRAMO: KM. 08+600 AL 15+500", junto con el saldo a favor del consultor, por constituir formación Bruta de Capital. DEBE DECIR:ARTíCULO PRIMERO.- Aprobar la liquidación Final del CONTRATO DE SUPERVISIóN DE LA OBRA: "CONSTRUCCIóN DE LA CARRETERA ASFALTADA MORROPóN - CHALACO -PACAIPAMPA - V ETAPA TRAMO: KM. 08+600 AL 15+500", ejecutada bajo el Sistema A Precios Unitarios, por el Contratista "CONSORCIO LA GALLEGA", cuyo costo total de supervisión de la obra, asciende a la suma de SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y DOS CON 56/100 NUEVOS SOLES (S/. 779,032.56). Y para efectos contables se alcanza ANEXO adjunto en dos folios, que forman parte integrante de la presente Resolución; estimándose una vida útil de 25 aÑos con una depreciación anual del 4.00%. DICE:ARTíCULO SEGUNDO - La Liquidación Contractual a favor del Consultor en mención es de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL DOS Y 47/100 NUEVOS SOLES (S/. 154,002.47), INCLUYE IGV DEL 19% DEBE DECIR:ARTíCULO SEGUNDO.- Reconocer el saldo a favor del CONSORCIO MORROPóN INGENIEROS, POR CONCEPTO DE LIQUIDACIóN CONTRACTUAL, por un monto de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL DOS Y 47/100 NUEVOS SOLES (S/.154,002.47). Debiendo iniciar el trámite correspondiente de pago ante la Oficina Sub Regional de Administración. DICE:ARTíCULO TERCERO.-Transcríbase la presente Resolución a las oficinas de Contabilidad (02 copias), Tesorería, Unidad de Obras, Dirección Sub Regional de Infraestructura, Oficina sub Regional de Asesoría Jurídica, Consultor Consorcio Morropón Ingenieros, en la Avenida Circunvalación Mz. G-02 lote 13 Urbanización los Ficus, Distrito y Provincia de Piura.DEBE DECIR:ARTíCULO TERCERO.- La Gerencia Sub Regional Morropón - Huancabamba, rebajará de sus activos por no constituir formación bruta de capital el importe de SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y DOS CON 56/100 NUEVOS SOLES (S/. 779,032.56), por concepto de Supervisión de la Obra: "CONSTRUCCIóN DE LA CARRETERA ASFALTADA MORROPóN CHALACO - PACAIPAMPA - V ETAPA TRAMO: KM. 08+600 AL 15+500". ARTíCULO TERCERO: Hacer de conocimiento el contenido de la presente Resolución Oficina Sub Regional de Administración, Oficina Sub Regional de Asesoría Legal, Dirección Sub Regional de Infraestructura, Sub Dirección de la Unidad de Obras, Oficina de Contabilidad, Oficina de Tesorería y demás estamentos administrativos y técnicos que corresponda de la Gerencia Sub Regional Morropón Huancabamba. REGíSTRESE, COMUNíQUESE, CúMPLASE Y ARCHíVESE