Resolución Gerencial Sub Regional N.° 00019-2012-GSRMHBBA
19 de enero de 2012
SE RESUELVE: ARTíCULO PRIMERO.- DEJAR SIN EFECTO los artículos TERCERO y CUARTO segundo párrafo de la Resolución Gerencial SubregionalN° 442-2011/GRP-GSRMH-G de fecha siete de noviembre del dos mil once (07.11 2011), mediante la cual se aprobó la LIQUIDACIóN FINAL DEL CONTRATO D E EJECUCIóN DE LA OBRA; " MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DE RIEGO DEL CANAL MARAY-SANTA CATALINA DE MOSSA - DISTRITO DE MORROPóN", ejecutada bajo la modalidad de contrato a Precios Unitarios, por el Contratista m CONSORCIO MARAY; y CORREGIR el extremo del artículo PRIMERO en elextremo del costo total de la obra, siendo lo correcto la suma de N/S. 508,029.92 (QUINIENTOS OCHO MIL VEINTINUEVE CON 92/100 NUEVOS SOLES); los mismos que se han sido ejecutados en la obra como resultado de pagos mediante valorizaciones y que para efectos contables cuenta con el AnexoN° 01 que forma parte integrante de la presente resolución. ARTíCULO SEGUNDO. En tal sentido DéJESE SIN EFECTO la Penalidad Impuesta al Contratista Consorcio Maray, de conformidad con lo dispuesto en el séptimo considerando de la presente Resolución, asimismo luego de practicar la Liquidación Técnica y Financiera de la Obra, se ha determinado que existe un Saldo a Favor del Contratista, por concepto de liquidación final de contrato, por el Monto de N/S 5,733.34 (CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON 34/100 NUEVOS SOLES), el mismo que deberá pagado al Consorcio Maray. ARTíCULO TERCERO.- DEVOLVER el pago del Saldo a Favor del Contratista por concepto de retención de la Garantía de Fiel Cumplimiento, por el monto de N/S. 50,802.90 (CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS DOS CON 90/100 NUEVOS SOLES). ARTíCULO CUARTO. - La Gerencia Sub Regional Morropón-Huancabamba, rebajará de sus activos financieros el importe de N/S. 258,891.85 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 85/100 NUEVOS SOLES), monto que constituye el pago producto de las Valorizaciones de la Obra: "Mejoramiento de la Infraestructura de Riego del Canal Maray - Santa Catalina de Mossa - Distrito de Morropón". ARTíCULO QUINTO.- Remitir a la Oficina Regional de Control Interno Copia Fedateada de todos lo actuados, con la finalidad que determine los funcionarios y servidores responsables de la negligencia en el desempeÑo de sus funciones dentro de los alcances del artículoN° 47 de la Ley de Contrataciones del Estado. ARTíCULO SEXTO. - Notifíquese la presente Resolución a la Sub Dirección de Obras y Liquidaciones, Oficina Sub Regional de Administración, Dirección Sub Regional de Infraestructura, Oficina Sub Regional de Asesoría Legal de la Gerencia Sub Regional Morropón- Huancabamba, y al Contratista Constructora Maray en su domicilio legal, ubicado en la Calle Los Juncos Manzana "M" LoteN° 5 de la Urbanización Miraflores del Distrito de Castilla Provincia y Región Piura. REGíSTRESE, COMUNíQUESE, CúMPLASE Y ARCHíVESE