Dirección Regional De Trabajo Y Promoción Del Empleo Brinda 'Servicio Virtual' De #Liquidaciones De #Beneficios #Sociales
Nota de prensaEl Gobierno Regional a través de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la ampliación del Estado de Emergencia, tiene entre sus objetivos principales, brindar #serviciosgratuito

18 de agosto de 2020 - 12:00 a. m.
El Gobierno Regional a través de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la ampliación del Estado de Emergencia, tiene entre sus objetivos principales, brindar #serviciosgratuitos y de calidad, que superen las expectativas de los usuarios, entre ellos el Servicio Virtual de Liquidaciones de Beneficios Sociales.La directora regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Abog. Ana Fiorela Galván Gutiérrez, informó que el Servicio Virtual de Liquidaciones de Beneficios Sociales consiste en practicar el calculo referencial del monto de derechos y beneficios sociales del trabajador o ex-trabajador del régimen laboral de la actividad privada, sobre la base de la documentación e información que proporcione el trabajador, y la oficina responsable es la Sub Dirección de Defensa Legal Gratuita y Asesoría del Trabajador y Jefaturas Zonales de Trabajo de Paita, Sullana y Talara, acotó.Galván Gutiérrez, manifestó que el usuario debe contar con ciertos requisitos y documentos para una liquidación referencial, entre ellas ese encuentra, la carta de renuncia o certificado de trabajo, carta de despido, acta de inspección o constatación policial (donde se puede advertir: La fecha de inicio de la relación laboral, su última remuneración y la fecha de cese).Tratándose de empresas declaradas en insolvencia empresarial se requiere la publicación de insolvencia empresarial publicada en el diario oficial El Peruano y/o diario de mayor circulación o la Resolución de Insolvencia Empresarial, emitido por INDECOPI.Boletas de pago (originales) desde la fecha de ingreso hasta la fecha de cese, ordenadas secuencialmente.Movimiento histórico de depósitos CTS (se solicita en la agencia principal del Banco depositario) (opcional).Documento de reclamo del recurrente a su empleador, en el que se indiquen otros derechos que no han sido pagados en su oportunidad, ejemplo: Vacaciones (periodos adeudados), gratificaciones (fiestas patrias o navidad), etc. Dicho documento debe estar debidamente recepcionado por el empleador (sello de la empresa o por conducto notarial) (de ser posible).En este sentido, el gobernador regional, Mg. Servando García Correa, aseguró que la gerencia regional de Desarrollo Social a través de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, busca garantizar la continuidad operativa institucional para la admisión de documentos durante la vigencia de las medidas decretadas por el Gobierno Nacional para prevenir la propagación del coronavirus (COVID - 19).Aquí el linke: trabajo.regionpiura.gob.pe/tdv