Dirección De Trabajo Recuerda A Empresas El Pago De Utilidades

Nota de prensa
Los trabajadores que laboran bajo el régimen privado comenzarán a percibir el pago de utilidades, un derecho reconocido en el artículo 29° de la constitución Política del Perú, ante ello la Direcció

22 de febrero de 2017 - 12:00 a. m.

La autoridad regional informó que según la norma, las empresas están obligadas a pagar dicho beneficio, las del régimen de la actividad privada que cuenten con más de 20 trabajadores, las que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría, según la Ley de Impuesto a la Renta, las empresas que en un determinado año hayan producido una renta anual antes de impuestos, sobre la cual se determinan las utilidades laborales.La titular de Trabajo explicó que el porcentaje a repartir está condicionado a la actividad principal que desarrolle cada una de ellas, por ejemplo .Empresas Pesqueras 10%. .Empresas de telecomunicaciones 10%. .Empresas industriales 10%. .Empresas mineras 8%. .Empresas de comercio y restaurantes 8%. .Empresas que realicen otras actividades 5%.Se indicó asimismo que los empleadores, de acuerdo al porcentaje de utilidades que les corresponde repartir, lo harán de la siguiente manera: el primer 50% se calcula dividiendo el 50% de las utilidades que se obtengan de acuerdo al porcentaje que le corresponde, entre la suma de los días efectivamente trabajados por todos los trabajadores de la empresa en el año, este resultado se multiplica por el número de días laborados por cada trabajador durante el ejercicio.El segundo 50% se obtiene, dividiendo el 50% de las utilidades que corresponden, según porcentaje, entre la suma total de las remuneraciones percibidas por los trabajadores en el año, este resultado se multiplica por el total de las remuneraciones que correspondan a cada trabajador en el ejercicio.El pago de las utilidades se deberá realizar dentro de los 30 días de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.Las multas que pagaran las empresas que incumplen con abonar las utilidades a sus trabajadores van desde   los s/40.500 hasta los s/405 .000 para las empresas que no son mypes..