Resolución Directoral N.° 022-2025-DPSC

RESOLUCION DE LA DIRECCION DE PREVENCION Y SOLUCION DE CONFLICTOS

4 de setiembre de 2025

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la comunicación de declaratoria de huelga presentada por la organización sindical: SINDICATO DE TRABAJADORES OBREROS CLASISTAS DE LA DIRECCION REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PIURA consistente en una paralización de labores a realizarse por veinticuatro (24) horas, al no haber cumplido con los requisitos establecidos en el literal b) del artículo 73 0 del TIJO de la LRCT y literales a), b) y c) del artículo 650 del Reglamento de la LRCT y lo dispuesto en el artículo 750 de la LRCT.

ARTICULO SEGUNDO.- hacer de conocimiento de la organización sindical que, tratándose de un acto emitido por primera instancia, cabe la interposición del recurso de apelación contra el mismo, en un plazo de tres (03) días hábiles contados a partir del siguiente de notificada la presente resolución conforme lo establece el artículo 740 de la LRCT.

REGISTRESE Y COMUNIQUESE

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos

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RESOLUCION DIRECTORAL Nº 022-2025-GRP-DRTPE-DPSC

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